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Ayuntamiento, notaría y Registro

Licencia y trámites para pasar un local a vivienda en Madrid

En Madrid capital, el cambio de uso de un local a vivienda se tramita casi siempre con una declaración responsable y un proyecto técnico. Aquí tienes el camino completo, desde la primera comprobación hasta que la escritura dice «vivienda».

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Hombre de unos cuarenta años firmando documentos en una notaría

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Paso a paso

Cómo se tramita el cambio de uso en Madrid

  1. Comprobar la zona

    Con la norma urbanística de la parcela se ve si el local se puede convertir. Si hay dudas, se hace una consulta al Ayuntamiento.

  2. Proyecto técnico

    Un arquitecto o arquitecto técnico redacta el proyecto, que justifica que la vivienda cumple el Plan General y el Código Técnico.

  3. Declaración responsable

    Se presenta en el Ayuntamiento con el proyecto y se pagan la tasa y el impuesto de obras. Con ella en regla puede empezar la obra.

  4. Obra y fin de obra

    Se hace la reforma, el técnico firma el certificado final y se comunica al Ayuntamiento que la obra ha terminado.

  5. Escritura y Registro

    Con la conformidad del Ayuntamiento se cambia la escritura ante notario, se inscribe en el Registro y se actualiza el Catastro.

Qué trámite toca

¿Declaración responsable o licencia?

Es la duda más habitual. Esto es lo que dice la normativa de la Comunidad de Madrid y del Ayuntamiento.

Lo normal: declaración responsable

La Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid somete los cambios de uso de un local concreto a declaración responsable, y la ordenanza de licencias de Madrid de 2022 incluye la transformación de locales en viviendas en edificios no catalogados. Con ella se puede empezar la obra sin esperar a una licencia.

Cuándo puede hacer falta licencia

En edificios protegidos o en obras de más envergadura el trámite puede ser una licencia. El técnico que hace el proyecto confirma cuál toca en tu caso.

Directo o con una entidad colaboradora

La declaración se presenta en el Ayuntamiento o a través de una entidad colaboradora urbanística, que revisa la documentación antes. Pregunta al estudio cómo lo va a tramitar.

El papel que pide el Registro

Para inscribir el local como vivienda, el Registro de la Propiedad pide la declaración responsable con un acto de conformidad del Ayuntamiento, o la licencia. La declaración sola no basta, como recordó la Dirección General de Seguridad Jurídica en 2024.

Lo que se paga

Tasas, impuestos y gastos del trámite

Sin contar el proyecto ni la obra.

ConceptoPrecio orientativoCuándo se paga
Trámites y tasas1.200 – 1.500 €Al presentar la declaración responsable
Impuesto de obras (ICIO)Hasta el 4 % de la obraEn Madrid capital, el 3,75 % desde 2024
Boletines de instalaciones100 – 300 € cada unoAl terminar la obra
Notaría y Registro500 – 1.000 €Al cambiar la escritura a vivienda

Fuente: guías de precios de Habitissimo (septiembre de 2026) y Cronoshare (marzo de 2026); ICIO, ordenanzas fiscales del Ayuntamiento de Madrid de 2024.

El precio completo, con proyecto y obra, está en precio del cambio de uso.

Los vecinos

¿Hace falta permiso de la comunidad de propietarios?

Para el cambio de uso, normalmente no. La Ley de Propiedad Horizontal permite al dueño hacer obras dentro de su local siempre que no afecten a la seguridad, a la estructura ni al aspecto exterior del edificio, avisando antes al presidente o al administrador.

Salvo que los estatutos lo prohíban. Algunos estatutos dicen que los locales solo pueden ser comerciales. En ese caso hay que cambiarlos, y eso exige el voto de todos los propietarios. Por eso conviene leerlos antes de comprar o de encargar el proyecto.

La fachada sí es de todos. Cambiar el escaparate por ventanas, abrir huecos o tocar elementos comunes necesita el acuerdo de la junta. Llévale el proyecto: suele ayudar ver cómo quedará la fachada.

Vecinos de distintas edades hablando en el portal de un edificio de viviendas
Contacto

¿Quieres que te lleven el papeleo?

Cuéntanos dónde está el local y en qué punto estás. Un arquitecto o un estudio de tu zona te llama y te explica cómo sería la tramitación en tu caso.

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Preguntas frecuentes

Dudas sobre la licencia de cambio de uso

¿Cuánto se tarda en tramitar el cambio de uso?

Depende del ayuntamiento, de si se tramita directamente o con una entidad colaboradora y de la obra. Entre proyecto, trámites y reforma suelen ser varios meses. Pide al estudio un calendario por escrito con su presupuesto.

¿Quién presenta la declaración responsable?

La firma el propietario, pero normalmente la prepara y la presenta el técnico que ha hecho el proyecto, junto con toda la documentación.

¿Necesito licencia de primera ocupación?

En Madrid, en este caso, no se exige una declaración aparte de primera ocupación, pero sí hay que comunicar al Ayuntamiento el final de la obra. Lo que no puede faltar es el acto de conformidad del Ayuntamiento para inscribir la vivienda en el Registro.

Ya vivo en un local sin hacer el cambio de uso, ¿qué hago?

Lo mejor es legalizarlo con un técnico: comprobar si cumple la normativa y tramitar el cambio. Si han pasado más de cuatro años, a veces se puede inscribir por antigüedad con certificados, pero cada caso es distinto.

¿Hay que cambiar algo en Hacienda o en el Catastro?

Sí. Al terminar hay que actualizar el Catastro para que figure como vivienda, y eso puede cambiar el recibo del IBI. La notaría o el técnico te dicen cómo hacerlo.

¿Te queda alguna duda? Déjanos tu teléfono y te la resolvemos.

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